Según lo aprobado en la orden EHA 1621/2009, el 19 del pasado mes de junio entro en vigor la aplicación de la elevación a 18.000 euros del límite exento para los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas de todos aquellos tributos cuya recaudación esta cedida por la delegación del Estado a las Comunidades Autónomas.
En el momento de la solicitud se acumularán las deudas de la misma mas aquellas cuyo aplazamiento o fraccionamiento no haya sido resuelto; asi como vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que esten garantizadas.
Para beneficiarse de esta nueva norma fiscal, las deudas pueden estar tanto en periodo voluntario como ejecutivo de pago.