20 Consejos a tener en cuenta para la renta | Escoem

20 Consejos a tener en cuenta para la renta

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Durante los últimos días del año el contribuyente  aún está a tiempo de tomar alguna decisión que le permita reducir su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2018. A continuación, enumeramos algunos consejos que se pueden tener en cuenta de cara a la declaración de la Renta que se presentará en la primavera de 2019.

  1. Business Angels. La norma establece un incentivo para las personas que decidan apoyar a emprendedores. Si aportan capital para el inicio de una actividad, dentro de los tres primeros años desde su constitución, deben mantener de 3 a 12 años sus participaciones para poder acceder a la deducción. Para la renta de 2018 se pueden deducir hasta un 20% de la inversión realizada en la cuota estatal del I.R.P.F., con una base máxima anual de 50.000 euros (entre otros requisitos).
  2. Realizar donativos a entidades sin ánimo de lucro. En el ámbito estatal el contribuyente podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones.
  3. Ampliar la retribución en especie en el contrato. Puede modificar su contrato laboral pasando parte de su sueldo a una retribución en especie que no tribute en el I.R.P.F., como tickets restaurante, tarjeta de transporte, vales de guardería, etc. Si realiza este cambio tiene que tener en cuenta que el empleador debe repercutirle el I.V.A. que corresponda. Si usa un vehículo de empresa como retribución en especie, se recomienda que sea uno considerado eficiente energéticamente ya que de este modo la valoración podrá reducirse el 15, el 20 o incluso hasta el 30 por ciento.
  4. Extender el seguro médico. Si su empresa le proporciona un seguro médico, puede extenderlo a su cónyuge e hijos y así deducirse hasta 500 euros por asegurado.
  5. Nuevo contrato. Si ha sido despedido y la indemnización que recibe es únicamente la que el Estatuto de los Trabajadores impone como obligatoria, no tiene que tributar por ella mientras que no supere los 180.000 euros.
  6. Depósitos y seguros de ahorro a largo plazo. Para inversores conservadores que tienen pequeños ahorros puede ser interesante abrir un Depósito Individual de Ahorro a Largo Plazo o un Seguro de Ahorro a Largo Plazo. De esta manera, pueden aportar un máximo de hasta 5.000 euros por año, siendo exentos los rendimientos del capital mobiliario generados siempre y cuando no se haga ninguna disposición antes de finalizar el plazo de 5 años desde la fecha de contratación.
  7. Aportaciones a sistemas de previsión social. Si hace aportaciones a un sistema de previsión social podrá ahorrarse impuestos por cada euro que destine a este tipo de productos hasta el menor de los siguientes límites: un máximo anual de 8.00 euros o el 30 por 100 de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas. Aquellos contribuyentes cuyo cónyuge haya obtenido ingresos del trabajo inferiores a 8.000 euros en 2018, también podrá reducir su base haciendo aportaciones al plan del cónyuge, con el máximo de 2.500 euros.
  8. Cuidado con el rescate de plan de pensiones. Actualmente solo se practica una reducción del 40% al rescatar los planes de pensiones en forma de capital en relación con las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006. Por ello, debería realizar un estudio de su tributación para discernir qué forma de rescate le conviene más.
  9. Prestación por desempleo. Si le corresponde cobrar el desempleo y está pensando en comenzar una actividad económica, solicite el pago único. De esta manera no tributara por ella, siempre que mantenga su actividad durante los cinco años posteriores.
  10. Reinversión de la ganancia por transmisión de vivienda habitual. Si ha vendido su vivienda habitual tiene que declarar si ha obtenido un beneficio por ello, aunque si reinvierte ese dinero en la compra de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años no tendrá que tributar por esta renta.
  11. Ganancias obtenidas por la venta de un bien por personas mayores de 65 años. Los mayores de 65 años tienen la posibilidad de transmitir cualquier bien o derecho y no tributar por la ganancia patrimonial que se les produzca a condición de invertir lo obtenido, con un máximo de 240.000 euros, en una renta vitalicia, pero no se puede perder de vista que el plazo para realizar la reinversión es de solo 6 meses.
  12. Minusvalías tácitas y compensación por pérdidas patrimoniales. Si ha transmitido algún elemento patrimonial y ha recibido una plusvalía por ello, puede realizar minusvalías tácitas por otro elemento. Así se reduce la tributación por esta ganancia.
  13. Ayudas por defectos en la vivienda. Si ha recibido este tipo de ayudas para reparar su vivienda habitual puede acogerse a la opción de aplazar la tributación, imputándola en este ejercicio y los tres siguientes. De igual forma, puede aplazar estas cantidades por la ayuda a la compra de la primera vivienda.
  14. Deducciones del alquiler de vivienda habitual. La Comunidad Autónoma puede establecer o no deducciones (en Andalucía si las hay si se cumplen unos requisitos). Por otra parte, el Estado fija una deducción por esta causa a inquilinos que firmaron su contrato antes de 2015. Si es su caso, le conviene no cambiar de vivienda y agotar las prórrogas del contrato para así seguir practicando estas deducciones.
  15. Reparto de bienes y derechos tras la separación. Si se disuelve una comunidad de bienes o está casado en régimen de gananciales y se separa, se recomienda un reparto equitativo entre los miembros, ya que en el caso contrario se puede producir una ganancia patrimonial por lo que se deberá de tributar.
  16. Deducción de gastos de desplazamiento para empresarios y profesionales. Se podrá deducir el gasto siempre que esté justificado por factura y este sea necesario.
  17. Gastos de atenciones a clientes. Si va a realizar gastos de atenciones a clientes o proveedores antes de que acabe el año por una cantidad mayor a 2.000 euros le conviene aplazar el exceso de ese importe a 2019 ya que el gasto deducible se limita a esa cantidad.
  18. Formalización en contrato de préstamos. Si va a recibir o prestar dinero sin intereses antes de que acabe el año es conveniente que formalice el contrato y liquide el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (operación exenta). De esta manera evita la posibilidad de que esta operación se clasifique como una donación.
  19. Formalización del contrato de arrendamiento. Si tienes un inmueble y piensa alquilarlo como vivienda habitual tiene una reducción del rendimiento neto del 60%, reducción que no se puede aplicar cuando el alquiler es de temporada o se alquila a una sociedad sin que se designe al empleado de la misma que la va a ocupar.
  20. Guardería. Si tiene derecho a la deducción por maternidad y ha llevado a su hijo a una guardería, debe tener en cuenta que podrá deducir 83,33 euros/mes completo, con el límite de la menor de dos cantidades: la cotización a la seguridad social o el importe anual del gasto de guardería.
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