El Impuesto de Sucesiones vulnera normas de la UE | Escoem

El Impuesto de Sucesiones vulnera las normas de la UE

tribunal europeo

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En 2011 la Comisión Europea presentó una denuncia ante el TJUE por considerar que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español vulneraba el derecho comunitario al constituir una restricción a la libertad de capitales. Tras tres años de deliberaciones, el pasado miércoles el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia a favor de la Comisión alegando la vulneración de la legislación por parte de España al obligar a pagar más a los no residentes que a los residentes.

El fallo destaca que la sucesión o la donación en la que intervenga un heredero, donatario, fallecido o donante que no reside en el territorio español, así como la donación o sucesión que tengan por objeto un bien inmueble situado fuera de del país, «no podrá beneficiarse de las reducciones fiscales que sólo se aplican en caso de conexión exclusiva con el territorio de las comunidades autónomas, debiendo soportar una mayor carga fiscal que las sucesiones o donaciones en las que sólo intervienen residentes o cuyo objeto sea un inmueble situado en España».

Según la sentencia del Tribunal, la restricción no está justificada porque «no existe ninguna diferencia entre la situación objetiva de un residente y la de un no residente que pueda sustentar la diferencia de trato, puesto que la legislación española los considera como sujetos pasivos a efectos de la percepción del Impuesto, al margen de donde residan». Por tanto, el TJUE considera que se produce un restricción de la libre circulación de capitales, uno de los principios básicos del Tratado Económico de la Unión Europea.

FUENTE: ESCOEM

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