Novedades Estimación Objetiva para 2016 | Escoem

Novedades Estimación Objetiva para 2016

estimacion objetiva 2016

estimacion objetiva 2016

La Orden HAP/2430/2015, publicada en el B.O.E. el pasado 18 de Noviembre, desarrolla para 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. La normativa tiene por objetivo cumplir con el mandato contenido en los artículos 32 y 37 de los Reglamentos de ambos impuestos.

En relación con el I.R.P.F., serán de aplicación las nuevas magnitudes excluyentes por volumen de ingresos íntegros, que será de 250.000 euros anuales para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. La magnitud en función del volumen de compras de bienes y servicios también se fija en 250.000 euros anuales, al igual que la magnitud en función del volumen de ingresos para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Sin embargo, aquellos profesionales o empresarios cuyo volumen de operaciones supere los 125.000 euros anuales no podrán aplicarse el método de estimación objetiva.

Se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para el ejercicio 2016. En lo referente a las actividades agrícolas y ganaderas, se mantienen los índices de rendimiento neto excepto los aplicables al cultivo de patata, que pasa de 0,37 a 026, y la ganadería de bovino de leche, que pasa de 0,32 a 0,20.

Además, se excluyen de la aplicación del régimen de estimación objetiva las actividades incluidas en la división 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del I.A.E., aquellas a las que se aplica el tipo de retención del 1%, tales como la fabricación y la construcción.

En relación al I.V.A. se mantienen los módulos y las instrucciones para su aplicación. Se ajustan para el régimen especial simplificado las magnitudes excluyentes del volumen de ingresos y compras de bienes y servicios en consonancia con las modificaciones realizadas en el método de estimación objetiva del I.R.P.F. Por último, para 2016 se mantiene la reducción del 20% del rendimiento neto para actividades económicas desarrolladas en Lorca, aplicada desde el terremoto de 2011.

FUENTE: CISS-PORTAL DE ACTUALIDAD.

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