La Declaración de la Renta (IRPF) correspondiente al ejercicio 2024 ofrece a los contribuyentes residentes en Andalucía la posibilidad de aplicar deducciones autonómicas específicas, además de las deducciones estatales comunes. Estas medidas fiscales permiten reducir la cuota autonómica del impuesto, con el objetivo de apoyar a familias, jóvenes, personas con discapacidad, emprendedores y otros colectivos con necesidades concretas.
Conocer y aplicar correctamente las deducciones autonómicas en el IRPF puede suponer un ahorro significativo. A continuación, detallamos todas las deducciones autonómicas vigentes en Andalucía en 2024, según la normativa y criterios establecidos por la Agencia Tributaria y la Junta de Andalucía.
- Inversión en vivienda habitual (VPO o jóvenes)
- Deducción: 5% de las cantidades invertidas en la compra o rehabilitación de la vivienda habitual.
- Requisitos: Vivienda con calificación de protegida o adquirida por menores de 35 años. Ingresos ≤ 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta).
- Compatibilidad: Puede aplicarse junto a la deducción por alquiler si se trata de viviendas distintas.
- Alquiler de vivienda habitual
- Deducción: 15% del alquiler pagado, hasta 600 € (900 € si el contribuyente tiene discapacidad).
- Requisitos: Jóvenes ≤ 35 años, mayores de 65 o víctimas de violencia o terrorismo. Base imponible ≤ 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta).
- Condición adicional: Identificar al arrendador con su NIF.
- Nacimiento, adopción o acogimiento de hijos
- Deducción: 200 € por hijo, 400 € si se reside en municipios con menos de 3.000 habitantes.
- Requisitos: Base imponible ≤ 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta), convivencia exigida en acogimientos, no haber recibido ayudas autonómicas por el mismo menor.
- Adopción internacional
- Deducción: 600 € por hijo adoptado internacionalmente.
- Requisitos: Adopción inscrita en 2024, base imponible ≤ 80.000 € (individual) o 100.000 € (conjunta).
- Familia monoparental
- Deducción: 100 €, más 100 € adicionales por ascendiente conviviente ≥ 75 años.
- Requisitos: Base imponible ≤ 80.000 € (individual) o 100.000 € (conjunta), convivencia efectiva.
- Familia numerosa
- Deducción: 200 € (categoría general), 400 € (categoría especial).
- Requisitos: Título oficial vigente a 31/12/2024, base imponible ≤ 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta).
- Gastos educativos
- Deducción: 15% de los gastos en idiomas o informática, hasta 150 € por hijo.
- Requisitos: Descendientes con derecho al mínimo, base imponible ≤ 80.000 € (individual) o 100.000 €(conjunta), justificantes del gasto.
- Contribuyentes con discapacidad
- Deducción: 150 €.
- Requisitos: Discapacidad ≥ 33%, base imponible ≤ 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta),.
- Cónyuge o pareja con discapacidad
- Deducción: 100 €.
- Requisitos: Discapacidad ≥ 65%, pareja registrada si no hay matrimonio, base imponible dentro de los límites. Incompatible con deducción propia por discapacidad.
- Asistencia a personas con discapacidad
- Deducción general: 100 € por ascendiente/descendiente con discapacidad a cargo.
- Deducción adicional: 20% de las cuotas de Seguridad Social por emplear ayuda domiciliaria (máx. 500 €).
- Requisitos: Discapacidad reconocida, condiciones de convivencia, contratación regularizada.
- Ayuda doméstica
- Deducción: 20% de cuotas a la Seguridad Social (máx. 500 €).
- Requisitos: Familias con hijos y ambos progenitores trabajando, o contribuyentes ≥ 75 años. Alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
- Inversión en nuevas empresas
- Deducción: 20% de la inversión (máx. 4.000 €) o 50% si es empresa innovadora (máx. 12.000 €).
- Requisitos: Empresas con domicilio en Andalucía, sin relación laboral con el inversor, mantenimiento de la inversión durante al menos 3 años.
- Gastos de defensa jurídica laboral
- Deducción: Hasta 200 € por pleitos laborales (despido, salarios, etc.).
- Requisitos: Justificantes de gastos, vinculación con procedimientos laborales, sin límite de renta.
- Donativos con finalidad ecológica
- Deducción: 10% de lo donado, hasta 150 €.
- Requisitos: Entidad beneficiaria autorizada, certificado de donación conforme a Ley 49/2002.
Conclusión
Las deducciones autonómicas del IRPF en Andalucía para 2024 permiten a los contribuyentes adaptar su declaración a sus circunstancias familiares, económicas y sociales, logrando un importante ahorro fiscal. No obstante, cada deducción tiene condiciones específicas, por lo que es crucial revisar con detenimiento los requisitos aplicables, reunir la documentación justificativa y asegurarse que los datos estén correctamente reflejados en la declaración.
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