Gestión de Riesgo y Responsabilidad Empresarial

Gestión de Riesgo y Responsabilidad Empresarial

gestion-riesgos-responsabilidades-empresariales

Foto de Mikhail Nilov

En el complejo tejido de la gestión empresarial moderna, la prevención y el control de riesgos se han convertido en una columna vertebral de la estrategia corporativa. La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, marcó un hito en el derecho español al introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, reflejada en el artículo 31 bis del Código Penal. Este nuevo escenario exige un protocolo detallado para la gestión de riesgos que salvaguarde a la empresa de potenciales responsabilidades penales. Para el desarrollo de un Protocolo de Gestión de Riesgos Alineado con la Ley Orgánica 5/2010, se deben tener en cuenta lo siguiente:

  1. Comprensión de la Responsabilidad Penal Corporativa

La Ley Orgánica 5/2010 establece que las empresas pueden ser responsables penalmente si no tienen medidas de control para prevenir la comisión de delitos. Esto requiere un análisis minucioso de las operaciones empresariales para asegurar la implementación de sistemas efectivos de prevención.

  1. Evaluación de Riesgos

Una evaluación de riesgos meticulosa es el primer paso para una gestión efectiva. Se deben considerar los riesgos operativos, financieros, estratégicos y de cumplimiento, con especial atención a aquellos que podrían derivar en responsabilidades penales para la entidad.

  1. Creación de Políticas y Procedimientos

La empresa debe desarrollar políticas claras y procedimientos robustos para gestionar los riesgos identificados. Esto incluye protocolos de prevención de delitos y formación continua para los empleados sobre las responsabilidades y el cumplimiento ético y legal.

  1. Implementación de Sistemas de Control

Es fundamental contar con sistemas de control interno y auditorías regulares para monitorear la efectividad de las medidas de prevención implementadas y detectar cualquier actividad ilícita a tiempo.

  1. Formación y Concienciación

Una cultura de cumplimiento comienza con la formación. Los empleados deben estar al tanto de las implicaciones de la Ley Orgánica 5/2010 y cómo sus acciones pueden afectar a la responsabilidad penal de la empresa.

  1. Monitorización y Mejora Continua

Un proceso de gestión de riesgos es dinámico. Requiere una revisión y actualización constantes para adaptarse a los cambios legislativos, las nuevas tendencias en el ámbito del derecho penal y las mejores prácticas en gestión de riesgos.

  1. Comunicación y Reporte

Mantener una comunicación fluida y transparente dentro de la organización y con las partes interesadas externas es esencial. Los sistemas de reporte deben permitir el escalado rápidamente ante posibles problemas.

Este protocolo avanzado debe reconocer que la gestión de riesgos y responsabilidades empresariales va más allá de los aspectos operativos y financieros y se debe extender a la gestión de la conducta corporativa en un marco legal. Es una inversión en la sostenibilidad y la reputación a largo plazo de la empresa, asegurando que no sólo se eviten las consecuencias operativas y financieras, sino también las penales y éticas. Con este enfoque integral, las empresas pueden navegar con seguridad hacia un futuro donde la responsabilidad y la resiliencia son igualmente prioritarias.

En conclusión, la implementación de un protocolo integral de gestión de riesgos y responsabilidades empresariales, en consonancia con la Ley Orgánica 5/2010, es más que una obligación legal, es un escudo contra los riesgos y responsabilidades penales. Si necesitas asesoramiento o información al respecto, no dudes en contactar con el equipo de asesores y consultores de ESCOEM. Estamos a tu disposición para ayudarte y resolver cualquier duda que nos plantees.

X