Desde el 1 de enero de 2023 ha entrado en vigor en España el nuevo impuesto a los envases de plástico. Este impuesto se centra en el marco del «gran deal» o «gran distribución» y tiene como finalidad disminuir la producción de residuos provenientes de envases no reutilizables.
Este impuesto graba con un importe total de 0,45 céntimos de euro por cada kilo de plástico no reutilizable de envases de un solo uso. Con él, se busca reducir este tipo de envases y fomentar por encima de todo el reciclaje.
La nueva Ley generará la obligación de presentar nuevos modelos como son el modelo 592 y el A22, “Impuesto Especial sobre los envases de plástico no reutilizables». Las empresas que consuman este tipo de envases deberán inscribirse en el Registro Territorial para obtener un código de identificación del plástico (CIP), que se deberá obtener para cada una de las actividades y, en el caso de los fabricantes, además, para cada establecimiento. Asimismo, tanto empresas fabricantes como las consumidoras tendrán que llevar un registro contable de las existencias de envases de plástico y suministrar periódicamente esta información a la Agencia Tributaria.
En territorio español será el fabricante quien debe ingresar este impuesto. Este repercutirá en la factura, indicando siempre la tasa y los kg de plástico. Respecto a las importaciones, será la empresa importadora de los envases vacíos o llenos (importador del material plástico) quien pagará el impuesto sobre el plástico, una vez el material entre en el país. Si vende el envase o producto fuera de la UE, puede solicitar una devolución del mismo.
Estos son algunos de los productos que se van a ver afectados por el impuesto:
Y en general, todos los productos destinados a medicamentos, salud, preparados para bebés o contenedores de residuos sanitarios.
Tanto fabricante o adquiriente intracomunitario lo acreditan mediante el ingreso del saldo resultante y la factura. En caso de ser importadores, se hará mediante el justificante de pago en aduanas y la factura de la compra.
No. El impuesto se aplica en envases vacíos y en envases que tengan productos en su interior.
Depende, la norma contempla que quedan exentos de este tributo los envases no reutilizables que contengan plástico cuando se destinen a prestar su función en medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario.
Por tanto, no entraría el uso veterinario salvo en el caso de los medicamentos. Es decir, productos unitarios para animales computan como plástico no reutilizable
De acuerdo con las estimaciones hasta el momento, este impuesto supondrá una recaudación, de aproximadamente 700 millones de euros por parte del Estado. La Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab) estima que el impuesto tendrá un impacto de 690 millones de euros en las empresas.
Algo que, innegablemente, acabará repercutiendo en el usuario final y que se estima, veremos con una subida de precios de productos que contentan ese tipo de impuesto.