Si eres autónomo y esperas ser padre, tienes derecho al permiso de paternidad. Conoce como solicitarlo y los requisitos para hacerlo.
El pasado 1 de abril de 2019 entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad para autónomos, pasando de cinco a ocho semanas. Por tanto, todos los autónomos que sean padres o vayan a serlo, deben conocer que el Estado ofrece bonificaciones y ayudas para conciliar la actividad por cuenta propia con la incorporación del nuevo miembro familiar. Los beneficios del permiso de paternidad no sólo son aplicables al nacimiento de un hija/o, también, se confieren también a otras circunstancias como la adopción o el acogimiento.
Además, se espera que esta ampliación del permiso de paternidad será mayor en los años venideros, pasando a 12 semanas en 2020, llegando a las 16 semanas en 2021.
No obstante, tanto el permiso como el subsidio está condicionado a una serie de requisitos para el autónomo, por ello, en este artículo te damos las claves sobre lo que necesitas saber.
El trámite a realizar se debe presentar ante la Seguridad Social aportando la siguiente documentación:
Durante el permiso por paternidad, el progenitor percibirá el 100 % de la base de cotización de los últimos 6 meses. Por ejemplo, si tu base cotización es la mínima recibirás 31,09 euros por día de baja efectiva, durante 8 semanas como máximo.
Este periodo coincide con la fecha del parto y se debe notificar en un plazo de 15 días desde el momento en el que se produzca el nacimiento, la adopción o el acogimiento.
Durante el permiso por paternidad el autónomo se beneficiará de una bonificación del 100 % de la cuota de autónomos.
Además, el trabajador autónomo puede ampliar esta bonificación del 100 %, durante otros 12 meses, cuando se demuestre que esta al cuidado de un hijo menor de 12 años o un familiar de hasta segundo grado (consanguinidad o afinidad) con dependencia o discapacidad de al menos el 33%. Sin embargo, esta bonificación está sujeta a la contratación de un trabajador que sustituya al autónomo durante los 12 meses y tiene la obligación de permanecer en el RETA durante 6 meses más (como mínimo) una vez hayan transcurrido los 12 meses.
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