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Reformas legislativas que afectan a las empresas

reformas legislativas

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Las reformas legislativas aprobadas por el Gobierno, y que entran en vigor en el último trimestre del año, van a obligar a las empresas a estudiar y adaptarse a las novedades que se recogen en el Código Penal, la Ley de Sociedades de Capital o la Ley de Auditoria. Estos cambios tienen por objeto dotar al mundo empresarial de mayor seguridad jurídica y mejorar el buen gobierno.

COMPLIANCE

Entre los aspectos que aborda la reforma del Código Penal se trata de manera extensa la responsabilidad societaria y la lucha contra la criminalidad empresarial, a través de los programas de compliance o cumplimiento normativo. La existencia de este tipo de programas en la empresa será un eximente ante la potencial condena, mientras que si no se implanta, la norma recoge diferentes penas para la persona jurídica, entre las que se encuentran las multas, suspensión de actividades, inhabilitación para trabajar con el sector público y obtener subvenciones o, en el caso más estricto, la disolución de la entidad.

GOBIERNO COORPORATIVO

Entre los aspectos más relevantes de la reforma de la Ley de Sociedades de Capital se encuentra la ampliación y regulación, con mayor grado de detalle, de los deberes de diligencia y lealtad del órgano de administración. Se incrementa el alcance de la responsabilidad, obligando a los administradores a devolver a la sociedad el posible enriquecimiento injusto obtenido. Además, se establece que los estatutos deben recoger que «la remuneración de los administradores se efectúe por funciones de gestión y decisión, estando el sueldo acorde con la situación económica de la sociedad y los estándares del mercado».

TRÁMITES MERCANTILES

La reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria se centra en agilizar los trámites de las empresas y simplificar los procesos mercantiles para descargar de trabajo a los tribunales. Por ejemplo, las compañías podrán acudir a los notarios para cobrar deudas no contradichas o realizar subastas de bienes, o a los registradores mercantiles para para realizar conciliaciones registrales, convocar juntas generales o designar auditores.

FUENTE: EXPANSION.COM

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