El día 15 de abril se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 14/2020 por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, uniéndose este aplazamiento excepcional a las demás medidas tomadas por el Ejecutivo en la crisis provocada por el COVID-19.
Se amplían hasta el 20 de mayo los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones tributarias cuyo vencimiento se produzca entre el 15 de abril y el 20 de mayo. Es decir, impuestos como el IVA, el pago fraccionado o las retenciones del primer trimestre se podrán abonar a la Agencia Tributaria un mes más tarde de la fecha habitual.
Así pues, las autoliquidaciones con resultado a ingresar que se deseen domiciliar tendrán de plazo para su presentación hasta el 15 de mayo, mientras que los ingresos se podrán efectuar hasta el día 20 de ese mismo mes.
Podrán optar por esta opción de presentación y pago aplazado de declaraciones los contribuyentes que:
Sin embargo, la ampliación de plazos no resulta de aplicación a:
Para obtener más información puedes acceder el Real Decreto-Ley pulsando aquí.
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