En un mundo cada vez más globalizado, la movilidad laboral se ha convertido en una práctica habitual. Las multinacionales requieren con frecuencia que sus empleados se desplacen temporalmente a sus filiales en otros países, y muchos trabajadores buscan oportunidades en el extranjero para enriquecerse tanto profesional como personalmente. Estas situaciones generan dudas sobre la tributación de los ingresos obtenidos fuera de España y cómo gestionar la declaración de la renta. Afortunadamente, la legislación fiscal española ofrece un tratamiento favorable a los rendimientos obtenidos en el extranjero, destacando el artículo 7p de la Ley del IRPF.
El artículo 7p de la Ley del IRPF regula la exención de los rendimientos de trabajo obtenidos en el extranjero. Esta disposición fue creada para facilitar que empresas y trabajadores españoles puedan beneficiarse de las oportunidades que ofrece la globalización. Según este artículo, es posible aplicar una exención de hasta 60.100 euros anuales en el IRPF a las rentas obtenidas fuera de España. Esta exención implica que los ingresos generados por un trabajador español en el extranjero no se sumarán a la renta sujeta a IRPF en España, siempre que se cumplan ciertos requisitos específicos.
Para beneficiarse de la exención prevista en el artículo 7p del IRPF, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:
Además, es importante señalar que esta exención es incompatible con el régimen de excesos, regulado en el artículo 9A del Reglamento del IRPF, que permite exenciones adicionales para ciertos gastos derivados del trabajo en el extranjero.
El régimen de excesos está recogido en el artículo 9A del reglamento de IRPF. Esta medida establece una exención para el exceso del importe que el empleado cobraría por su salario si trabajase en España, este régimen se aplica para desplazamientos superiores a 9 meses sin perder la residencia fiscal.
La exención del artículo 7p se aplica proporcionalmente al trabajo realizado en el extranjero. Para calcular el salario correspondiente, se consideran los días efectivos de desplazamiento y las retribuciones específicas por los servicios prestados fuera de España.
Por ejemplo, si un trabajador se desplaza a Alemania durante 91 días y percibe 10.000 euros adicionales a su salario, más 80 euros diarios para gastos, y su salario anual es de 70.000 euros, el cálculo sería el siguiente:
No es necesario presentar documentación adicional al declarar la renta, pero se recomienda conservar durante cuatro años los datos fiscales, certificado con el número de días de desplazamiento emitido por la compañía, billetes de avión, así como cualquier documento que acredite la estancia en el extranjero.
Al calcular el tiempo en el extranjero, solo se contabilizan los días efectivos de trabajo, incluyendo fines de semana. Cualquier estancia adicional antes o después del periodo de trabajo no se considerará para la exención.
En resumen, la normativa fiscal española, a través del artículo 7p del IRPF, ofrece un marco favorable para la tributación de los rendimientos obtenidos en el extranjero, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Esta exención permite a los trabajadores españoles y a las empresas beneficiarse de la movilidad internacional sin incurrir en una doble imposición, fomentando así la globalización y la competitividad internacional. Si necesitas asesoramiento o información sobre este tema, no dudes en contactar con el equipo de asesores y consultores de ESCOEM. Estamos a tu disposición para ayudarte y resolver cualquier duda que nos plantees.