Los índices de los “módulos” agrarios y ganaderos | Escoem

Reducción en los índices de los “módulos” agrarios y ganaderos

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El pasado lunes 2 de abril se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, por la que se reducen, para el periodo impositivo de 2017, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.

El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que el Ministro de Hacienda podrá autorizar la reducción de los índices aplicables en el método de estimación objetiva (“módulos”), si el desarrollo de ciertas actividades económicas se ve afectado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que alteren un sector o zona.

Por tanto, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha informado que en 2017 se han dado una serie de circunstancias en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas por las que se debe acudir a la reducción prevista en esta norma.

En el BOE puede consultar los índices a aplicar, diferenciados por actividades, Comunidades Autónomas, provincias y regiones.

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