Con la aprobación de la Ley 38/2011, de reforma de la Ley 22/2003 Concursal y que entró en vigor el pasado 1 de Enero de 2012, se introducen dos grandes modificaciones en la normativa que afectan al Impuesto sobre el Valor Añadido.
A continuación vamos a detallar cada una de ellas.
1. Inversión del Sujeto Pasivo en entregas de bienes inmubles de concursados
La nueva Ley, en su artículo único apartado 118, añade una Disposición Final con un nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo cuando se trate de entregas de bienes inmuebles efectuadas como consecuencia del proceso concursal. El objetivo es que la enajenación de dichos bienes sea liquidada por su adquiriente, a efectos de I.V.A., aplicando el mecanismo de inversión del sujeto pasivo cuando éste sea empresario o profesional.
2. Plazo para la modificación de la Base Imponible en concursos transmitidos por el procedimiento abreviado
Según la nueva normativa, el plazo para efectuar la modificación de la Base Imponible prevista en el art. 80. tres de la Ley 37/1992, será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del Concurso, tanto si se éste sigue por el procedimiento ordinario, o lo hace por el abreviado.
FUENTE: NOTA 13/12 REGAF