Nuevo cese de actividad para autónomos - COVID-19 | Escoem

Nuevo cese de actividad para autónomos – COVID-19

nuevo cese actividad autonomos

El pasado 27 de junio se publicaba en el BOE el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. En esta nueva norma podemos encontrar medidas como la prorroga hasta el 30 de septiembre de los ERTES y la prolongación de las ayudas para autónomos.

A continuación, indicamos las prestaciones a las que pueden acceder los autónomos y los requisitos que deben cumplir para solicitarlas.

  • Cese de actividad

Los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad pueden solicitar esta prestación ordinaria, que viene regulada en el artículo 327 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Los requisitos para acceder a ella son los siguientes:

  • Se debe estar afiliado y no tener deudas con la Seguridad Social.
  • No haber superado la edad ordinaria de jubilación y haber cotizado, al menos, 12 meses completos anteriores a la solicitud de la prestación.
  • Se deberá acreditar una reducción en la facturación de un 75 % con respecto al mismo periodo de 2019. Además, en el trimestre no se podrán obtener unos rendimientos netos superiores a 5.818, 75 €, sin exceder los 1.939,58 € mensuales.

Al igual que el anterior cese de actividad, serán las mutuas quienes reconozcan esta prestación. Si la solicitud se hace antes del 15 de julio, la prestación se verá reconocida desde el día 1 de este mes. Si, por el contrario, se solicita más tarde, la prestación se reconocerá a partir del día siguiente a la solicitud.

La cuantía de la prestación será la misma que la de la extraordinaria, el 70 % de la base reguladora de cotización, que suele ascender a 661 € si es la base mínima y durará, como máximo, hasta septiembre. Sin embargo, si el autónomo, después de recibir la prestación, considera que no cumple con los requisitos de ingresos, puede devolver los importes indebidamente cobrados o renunciar a ella si aún no lo ha percibido.

  • Bonificación de la cuota de autónomos

Por otra parte, los autónomos que tenían reconocida la prestación extraordinaria por cese de actividad y no vuelvan a solicitarla tras la finalización del estado de alarma, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social. De esta manera, sin tener que realizar ningún trámite o solicitud verán su cuota rebajada en las siguientes cuantías:

  • El 100% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.
  • El 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.
  • El 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.

En octubre la cuota volverá a integrarse en su totalidad. Asimismo, el autónomo debe tener en cuenta que la exención de la cotización será incompatible con la percepción de la prestación por cese de actividad.

  • Trabajadores autónomos de temporada

El Real Decreto-ley 24/2020 introduce otra novedad, una prestación para los autónomos de “temporada”. A estos efectos, se considera autónomo estacional a aquel cuyo único trabajo en los dos últimos años (2018 y 2019) se desarrollará durante los meses de marzo a octubre a lo largo de, al menos, 5 meses. Los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar esta prestación son:

  • No puede haber estado dado de alta en el Régimen General más de 120 días durante los años 2018 y 2019.
  • No puede haber estado dado de alta entre los meses de marzo a junio de 2020.
  • En 2020 no debe haber ingresado más de 23.275 €.
  • Hallarse al corriente de pago con la Seguridad Social.

Al igual que sucede con el cese de actividad, esta prestación será del 70 % de la base reguladora de cotización. Se podrá percibir la prestación durante 4 meses, empezando a contar desde el 1 de junio, siempre que el autónomo la solicite a su mutua antes del 15 de julio.

Si necesitas consejo o ayuda para realizar cualquier trámite, relacionado con las medidas económicas para hacer frente al COVID-19, no dudes contactar con el equipo de asesores y consultores de ESCOEM. Estamos a tu disposición para ayudarte y resolver cualquier duda que nos plantees.

X