Real Decreto Ley 8-2010 | Escoem

Real Decreto Ley 8-2010

ley 6 2010

ley 6 2010

Con la publicación en el B.O.E. el pasado 10 de agosto de la Ley 8-2010, referente a las medidas para la reactivación económica, se pusieron en marcha algunos cambios con respecto al Decreto Legislativo 1/2009 que afectan, especialmente, a la Comunidad Autónoma Andaluza. Revisemos los puntos más destacados:

ARTÍCULO 8.- Deducción para el fomento del autoempleo

Desde el 1 de enero de 2010, los contribuyentes tienen derecho a aplicar una deducción de 400 euros en la cuota autonómica del I.R.P.F. siempre que cumplan con requisitos como: causar alta en el censo en el año impositivo, mantener el alta durante un año natural y desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza.

ARTÍCULO 15 bis.- Deducción por inversión en acciones o participaciones por constitución o ampliación de entidades

Desde el 1 de enero de 2010 los contribuyentes pueden aplicar una deducción en su Declaración de la Renta del 20% de las cantidades invertidas, durante el ejercicio, en la adquisición de acciones o participaciones, como consecuencia de acuerdos de constitución o ampliación de capital.

ARTÍCULO 25 bis.- Tipo de gravamen incrementado para las transmisiones patrimoniales de bienes inmuebles

– En la transmisión de bienes inmuebles se aplicará un tipo del 8% para el tramo del valor real del inmueble, o derechos reales constituidos o cedidos, que superen la cuantía de 400.000 euros.

– En el caso de transmisión de bienes inmuebles cuya calificación urbanística sea la de plaza de garaje, se aplicará el tipo del 8% para los tramos superiores a 30.000 euros conforme al valor real o derechos constituidos o cedidos.

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