Este Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales como herramienta competitiva clave para lograr un crecimiento económico sostenido. A tal fin, se pone a disposición de las Pymes la posibilidad de desarrollar Planes de Implantación de Soluciones innovadoras, consistentes en el desarrollo de un plan de sensibilización y apoyo tutorizado.
CÓMO FUNCIONA
Fase I: Asesoramiento a la PYME. A título informativo, se indica a la empresa beneficiaria que el coste máximo financiable de esta fase es de 1.200 €, relativo a los servicios prestados por el tutor de innovación, así como todos aquellos gastos en que incurra para la prestación del servicio, tales como gastos de desplazamiento a la empresa para la prestación y entrega del servicio.
Fase II: Seguimiento de la implantación realizada con la ayuda económica obtenida. Con el fin de facilitar la apropiación y aprovechamiento de las soluciones innovadoras a implantar en la Fase II de ayudas económicas, así como para valorar la sostenibilidad de la inversión, se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME durante la fase de implantación. El coste elegible asociado a la implantación de soluciones innovadoras incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 7.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 70% del coste elegible asociado a la inversión. La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 70 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt) y en un 30 % por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar el 100% de la inversión.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Aquellas empresas y autónomos que:
• Estén al corriente de pagos de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
• Exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
• No se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Cumplir la norma de mínimis.
• Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
NOS ENCARGAMOS DE TRAMITAR TU SOLICITUD
Si cumples con los requisitos y quieres solicitar tu subvención ponte en contacto con nosotros lo antes posible. Nos hacemos cargo de la tramitación. La fecha tope de entrega de solicitudes es el 16 de mayo de 2019 y la tramitación se realizará por estricto orden de entrega.