Tarifa plana para la contratación indefinida | Escoem

Tarifa plana para la contratación indefinida

tarifa plana contratacion indefinida

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El Real Decreto-Ley 3/2014, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, aprobado por el Consejo de Ministros la pasada semana, introduce importantes novedades en materia laboral. La que más ha trascendido a nivel público es la implantación de la «tarifa plana» de 100 euros en la cotización de contingencias comunes para la contratación de trabajadores indefinidos.

Se podrán beneficiar de esta medida todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño, que contraten a un trabajador de manera estable, sin que tampoco importe la cualificación o edad del mismo. La reducción debe suponer un ahorro medio para el empleador del 75% de la cotización por contingencias comunes. Si tomamos como ejemplo un sueldo bruto de 20.000 euros anuales, el ahorro con la nueva medida supondría unos 3.520 euros anuales en la cotización por cada nuevo empleado. La medida es aplicable a los contratos efectuados desde el 25 de Febrero hasta el 31 de Diciembre de 2014.

La cotización por contingencias comunes se reducirá a 75 euros cuando la jornada de trabajo sea equivalente al 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo, y se reducirá a 50 euros cuando sea equivalente al 50%. Además, las empresas y autónomos con menos de 10 trabajadores podrán beneficiarse de una reducción adicional durante el tercer año que será equivalente al 50% de la cotización por contingencias comunes que le corresponda.

Aquellos empresarios o profesionales interesados en acogerse a la nueva tarifa no pueden haber realizado despidos disciplinarios o por causas objetivas declarados improcedentes, o despidos colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato. La nueva regulación no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por contingencias profesionales, desempleo, FOGASA y Formación Profesional, respecto de las cuales se aplican las leyes ya vigentes.

FUENTE: ELDERECHO.COM y ESCOEM

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